Cuando llega el momento de revisar la declaración de la Renta, muchas personas se centran en las deducciones más habituales: vivienda habitual, alquiler, descendientes o aportaciones a sistemas de previsión social. Sin embargo, la normativa foral de Bizkaia recoge otras deducciones menos conocidas que también pueden influir en el resultado final del IRPF.
Algunas están vinculadas a la vivienda. Otras responden a situaciones familiares, cuidados o circunstancias personales concretas. Por eso, antes de confirmar la declaración, conviene revisar con calma si alguna puede aplicarse al caso concreto.
Rehabilitación de vivienda arrendada
Una de las deducciones menos habituales es la destinada a arrendadores que rehabilitan una vivienda alquilada. En Bizkaia, las personas contribuyentes que obtengan rendimientos de capital inmobiliario por el arrendamiento de vivienda pueden aplicar una deducción del 18% de las cantidades destinadas a la rehabilitación del inmueble, con un límite de 3.000 euros anuales.
No cualquier obra encaja automáticamente en este supuesto. Es importante revisar el tipo de actuación realizada, conservar facturas y justificantes de pago, y comprobar que la rehabilitación cumple los requisitos exigidos.
Obras de eficiencia energética
También existe una deducción por obras de mejora de la eficiencia energética e integración de energías renovables en la vivienda. La deducción es del 15%, con una base máxima anual de 20.000 euros por declaración, lo que equivale a una deducción máxima de 3.000 euros.
Puede afectar a actuaciones que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, mejoren el consumo de energía primaria no renovable o permitan avanzar en la eficiencia energética del inmueble. En estos casos, la documentación técnica, las facturas, los justificantes de pago y los certificados energéticos son fundamentales.
Si quieres profundizar en este tema, puedes consultar nuestro artículo sobre la deducción del 15% por eficiencia energética en Bizkaia.
Cuidado de menores y personas dependientes
Bizkaia incorpora una deducción por la contratación indefinida de personas empleadas del hogar para el cuidado de menores de 12 años o personas dependientes. La cuantía general es de 250 euros y puede alcanzar los 500 euros cuando se cumplen determinados requisitos adicionales.
Esta deducción está pensada para favorecer la conciliación y la atención de personas que necesitan cuidados. Aun así, no se aplica por cualquier contratación doméstica. Debe tratarse de una relación laboral indefinida, vinculada al cuidado de las personas previstas en la normativa y correctamente formalizada.
Esta medida conecta directamente con las ayudas fiscales a la conciliación, que explicamos con más detalle en nuestro artículo sobre la deducción por contratar personal de cuidados en Bizkaia.
Manutención de hijos e hijas por decisión judicial
En situaciones de separación o divorcio, las anualidades por alimentos satisfechas por decisión judicial también pueden generar deducción. En Bizkaia, se contempla una deducción del 15% de las cantidades abonadas, con los límites establecidos para cada descendiente.
Para aplicarla correctamente es clave conservar la resolución judicial y los justificantes de pago. No basta con que exista un acuerdo verbal entre las partes. La obligación debe venir reconocida judicialmente y los pagos deben poder acreditarse.
En casos de separación o divorcio, conviene revisar también nuestro artículo sobre la deducción por pensiones de alimentos en Bizkaia.
Deducción por viudedad
Otra deducción que puede pasar desapercibida es la deducción por viudedad. Está prevista para contribuyentes que cumplan los requisitos de esta situación personal y tiene una cuantía general de 200 euros.
Esta deducción se reduce gradualmente cuando la base imponible se sitúa entre 20.000 y 30.000 euros. Además, es incompatible con la deducción por edad, por lo que es importante revisar qué opción resulta aplicable en cada declaración.
Esta deducción forma parte de las medidas personales que deben revisarse cada año dentro de la campaña de la Renta en Bizkaia.
Cuenta vivienda para menores de 36 años
Por último, quienes tengan menos de 36 años y estén ahorrando para adquirir vivienda habitual pueden beneficiarse de la deducción vinculada a la cuenta vivienda. En estos casos, el porcentaje puede alcanzar el 23%, con un límite anual de 1.955 euros, y el plazo para materializar las cantidades depositadas se amplía a 10 años.
Esta deducción puede ser interesante para quienes están planificando la compra de su primera vivienda, pero exige cumplir los plazos y destinar el ahorro al fin previsto.
Puedes ampliar información en nuestro artículo sobre vivienda habitual y deducciones en Bizkaia.
Estas deducciones no siempre se aplican de forma automática. La clave está en revisar la situación personal, familiar y patrimonial, comprobar los límites y conservar la documentación necesaria.
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